Alerta Seguro Obligatorio Covid-19 para trabajadores

Publicado el 02 de Junio del 2021

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SEGURO OBLIGATORIO COVID-19

El ministro del Trabajo y Previsión Social, Patricio Melero -junto al subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, y el director del ISL, Manuel Cañón- lanzaron la Ley 21.342 que dispone medidas de protección para el retorno gradual y seguro al trabajo.

En el marco de la crisis sanitaria por covid-19, las autoridades detallaron los alcances de esta nueva ley que tiene por objetivo “reforzar la protección de los trabajadores frente a la pandemia en su retorno presencial al trabajo; y ofrecer teletrabajo o trabajo a distancia para trabajadores de alto riesgo en salud y por motivos de cuidado general”.

Además, la normativa contempla “la eliminación del período de carencia de las licencias médicas por covid-19 existente en licencias de menos de 11 días; y la creación de un seguro de salud y vida para aquellos trabajadores presenciales o semipresenciales que se contagien de la enfermedad”.

La nueva ley establece que serán asegurados los trabajadores del sector privado con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial. Las empresas tienen un plazo de 30 días para asegurar a sus colaboradores.

EMPLEADORES QUE NO CONTRATEN EL SEGURO SERÁN SANCIONADOS

Los empleadores que no contraten el seguro deberán pagar las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador, además de asumir sanciones, y las que no cuenten con un protocolo de seguridad sanitaria laboral covid-19 no podrán retomar o iniciar la actividad laboral de carácter presencial”, puntualizó la autoridad. 

Por su parte el subsecretario Pedro Pizarro reforzó la importancia de otro importante cambio que incluye la nueva ley, que es la eliminación el período de carencia en licencias médicas por covid-19.

Se elimina la carencia de los 3 primeros días respecto del pago de licencias médicas por covid-19, que hoy existe para enfermedades y accidentes comunes respecto de licencias inferiores a 11 días, lo que implica dar más cobertura de salud a las personas en momentos en que esta protección es clave para estar tranquilos y dar seguridad de que al volver al trabajo luego de estar en protocolos de teletrabajo contamos con apoyo”, dijo.


LOS BENEFICIARIOS DEL NUEVO SEGURO OBLIGATORIO SERÁN:

Los trabajadores dependientes del sector privado con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial. Sin embargo, excluye a quienes tengan un contrato exclusivo de teletrabajo. El seguro no cubre gastos de hospitalización o fallecimiento asociado a enfermedades distintas al COVID-19, ni tampoco gastos asociados a lesiones sufridas en un accidente aunque la persona tenga COVID positivo, entre otros.

Fuentes: LaterceraBioBioChile